ArgentinaJudiciales

Condenaron a un hombre por abuso sexual con acceso carnal sin contacto físico

El Tribunal en lo Criminal Nº 4 de Morón dictó una sentencia de alto impacto jurídico y social al condenar a un hombre a 20 años de cárcel por una serie de delitos sexuales cometidos contra una niña durante más de tres años mediante redes sociales, mensajería instantánea y videollamadas.

De esta manera, los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez reconocieron que puede existir abuso sexual con acceso carnal sin contacto físico y a través de medios digitales. Un fallo sin precedentes, indicaron fuentes judiciales a Infobae.

Fuentes del caso indicaron que el agresor, identificado como Orlando Tristán Novillo, sometió a la víctima a un dominio psicológico, amenazas y coacción que la obligaron a realizar actos sexuales sobre su propio cuerpo.

La investigación fue llevada adelante por los fiscales Claudio Oviedo, Marisa Monti y Patricio Pagani, integrantes de la UFI N.º 5 del Departamento Judicial Morón.

Según se acreditó en el juicio, el ahora condenado manipuló a la víctima desde que tenía 12 años, utilizando identidades falsas y ocultando su verdadera condición de adulto. Las fuentes agregaron que, a lo largo del tiempo, la sometió a un esquema de intimidación constante, amenazas de difusión de material íntimo, exigencias sexuales y videollamadas de contenido explícito, logrando un control sostenido de su voluntad.

“Durante ese período, la víctima permaneció sometida a una situación de control y coacción permanente durante más de tres años, lo que en los hechos configuró un verdadero cautiverio de carácter psicológico y digital. En ese contexto, se trata de una sobreviviente”, destacaron.

En tanto, el perfil del condenado revela una persistencia delictiva en el tiempo: registra condenas en 2008, 2012 y 2017 por hechos similares.

Además, el imputado obtuvo datos de tarjetas y documentación personal para realizar operaciones ilegales, cuya trazabilidad permitió su identificación: se trataba de un hombre preso en un penal bonaerense.

El caso salió a la luz cuando la víctima confió en una docente y le contó su padecimiento. Este hecho permitió activar la intervención judicial.

“La sentencia reconoce que este tipo de violencia digital puede generar un sometimiento real y profundo de la voluntad. El fallo deja un mensaje claro: la violencia también se ejerce a través de entornos digitales y marca un camino para la adaptación del Derecho penal a nuevas formas de violencia en la era digital”, remarcaron desde la fiscalía.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.

Botón volver arriba