Condenaron a un hombre por abuso sexual con acceso carnal sin contacto físico

El Tribunal en lo Criminal Nº 4 de Morón dictó una sentencia de alto impacto jurídico y social al condenar a un hombre a 20 años de cárcel por una serie de delitos sexuales cometidos contra una niña durante más de tres años mediante redes sociales, mensajería instantánea y videollamadas.

De esta manera, los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez reconocieron que puede existir abuso sexual con acceso carnal sin contacto físico y a través de medios digitales. Un fallo sin precedentes, indicaron fuentes judiciales a Infobae.

Fuentes del caso indicaron que el agresor, identificado como Orlando Tristán Novillo, sometió a la víctima a un dominio psicológico, amenazas y coacción que la obligaron a realizar actos sexuales sobre su propio cuerpo.

La investigación fue llevada adelante por los fiscales Claudio Oviedo, Marisa Monti y Patricio Pagani, integrantes de la UFI N.º 5 del Departamento Judicial Morón.

Según se acreditó en el juicio, el ahora condenado manipuló a la víctima desde que tenía 12 años, utilizando identidades falsas y ocultando su verdadera condición de adulto. Las fuentes agregaron que, a lo largo del tiempo, la sometió a un esquema de intimidación constante, amenazas de difusión de material íntimo, exigencias sexuales y videollamadas de contenido explícito, logrando un control sostenido de su voluntad.

“Durante ese período, la víctima permaneció sometida a una situación de control y coacción permanente durante más de tres años, lo que en los hechos configuró un verdadero cautiverio de carácter psicológico y digital. En ese contexto, se trata de una sobreviviente”, destacaron.

En tanto, el perfil del condenado revela una persistencia delictiva en el tiempo: registra condenas en 2008, 2012 y 2017 por hechos similares.

Además, el imputado obtuvo datos de tarjetas y documentación personal para realizar operaciones ilegales, cuya trazabilidad permitió su identificación: se trataba de un hombre preso en un penal bonaerense.

El caso salió a la luz cuando la víctima confió en una docente y le contó su padecimiento. Este hecho permitió activar la intervención judicial.

“La sentencia reconoce que este tipo de violencia digital puede generar un sometimiento real y profundo de la voluntad. El fallo deja un mensaje claro: la violencia también se ejerce a través de entornos digitales y marca un camino para la adaptación del Derecho penal a nuevas formas de violencia en la era digital”, remarcaron desde la fiscalía.

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