ANMAT prohibió el uso y comercialización del aceite marca «Olivos Serranos»
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en toda Argentina de una conocida marca de aceite de oliva por considerarlo «ilegal». Esta decisión se formalizó a través de la disposición 9731/2023, publicada en la última edición del Boletín Oficial y firmada por el titular de Anmat, Manuel Limeres.
La razón principal de la prohibición es que el producto carece de los registros necesarios de establecimiento y producto, además de estar falsamente rotulado, lo que representa un riesgo para los consumidores.
La prohibición afecta al «Aceite Extra Virgen marca Olivos Serranos; Fraccionado y envasado: Traslasierras Córdoba; RNE: 024400135; RNE: 02430522».
En la disposición 9731/2023 se explica que la investigación se inició debido a quejas de consumidores sobre su autenticidad. El Instituto Nacional de Alimentos llevó a cabo consultas con la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires y el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) sobre los registros de establecimiento (RNE) y producto alimenticio (RNPA) del aceite investigado. Estas consultas revelaron que los números de RNE y RNPA exhibidos en el etiquetado del producto eran inexistentes, lo que indica una falta de registro y autorización oficial para su comercialización.