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Salta: ex intendente condenado por corrupción de menores vuelve a candidatearse

El Tribunal Electoral de Salta habilitó la candidatura del ex intendente del municipio salteño de El Bordo, Juan Rosario «Chicho» Mazzone, a pesar de haber sido condenado por el delito de corrupción de menores y el rechazo de las organizaciones feministas.

Los jueces rechazaron ayer la impugnación a la candidatura presentada por el abogado Guillermo Iván Aguirre Cabana, contra el ex jefe comunal, dada la condena ratificada y el escándalo que terminó destituyéndolo en 2015. Dos años más tarde, Mazzone fue encontrado responsable penalmente por corrupción de menores luego de una investigación que se realizó a partir de la difusión de imágenes en las aparecería junto a menores de edad en ropa interior. La pena fue de tres años de prisión condicional.

Sin embargo, para estas elecciones del 14 de mayo en la provincia de Salta, Mazzone se anotó para participar como candidato a intendente del municipio de El Bordo, por la lista «Con esfuerzo se puede». La postulación fue impugnada en un primer momento, pero el Tribunal Electoral las desestimó y lo habilitó a candidatearse.

«El Tribunal dispuso que, en vista de la fecha en la cual fue condenado, no podría aplicarse la ley 8.275 de Ficha limpia (promulgada en Salta, en noviembre del 2021). Las valoraciones ético morales no podían en esta instancia resultar en la creación de un requisito distinto del que establece la ley y la Constitución y se autorizó su postulación. Obviamente se trata de un delito grave», dijo Pablo Finquelstein, secretario del Tribunal Electoral, en declaraciones radiales.

Además explicó que el artículo 1 de esa Ley establece que “no podrán ser candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales los condenados por sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena…”.

Del propio texto de la norma surge que la prohibición está sujeta al cumplimiento de dos condiciones, la primera, que la persona se encuentre condenada, y la segunda, que la pena impuesta no se haya agotado. Es decir, no basta el hecho de la condena sino que se exige además que la pena no se encuentre cumplida.

El fallo del Tribunal cuenta con la firma de la presidenta Teresa Ovejero, el vicepresidente Fabián Vittar, y las vocales Sandra BonariMaría Isabel Romero Lorenzo y María Edith Rodríguez.

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