Sobreseen a una pareja procesada por cultivar marihuana

El Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca sobreseyó a una pareja que había sido acusada como coautora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización luego de que se hallaran en su poder cogollos y plantas de marihuana, tras haberse acreditado que el autocultivo de cannabis tenía fines medicinales, se informó.
La medida, que fue tomada por los jueces Sebastián Foglia, Ernesto Sebastián y José Triputti el jueves pasado, resolvió que el hecho no configuraba delito y que los elementos que les fueron secuestrados a la pareja en su domicilio tenían una finalidad distinta a aquella que se consideró acreditada al ser elevada la causa a juicio.
En ese sentido, determinaron que los acusados «formaban parte de una asociación civil que producía cannabis con fines terapéuticos y que el producto no estaba destinado a ser comercializado, sino que estaba reservado para su sociabilización en el marco de aquel objetivo», informó el sitio fiscales.gob.ar.
En su resolución, previa a que se realizara el juicio oral a la pareja, el tribunal puso de relieve que la ley 27.350 y la implementación del «Registro del Programa de Cannabis» (Reprocann), creado por el Estado en el 2020 para usuarias y usuarios que cultivan cannabis con fines medicinales, excluyen la persecución penal para esa conducta.
De esa forma, aunque el hecho ocurrió el 27 de julio de 2019, el tribunal estableció que resulta aplicable el artículo 2° del Código Penal, en el que se impone la retroactividad de la ley penal más benigna.