Pymes: se extienden el plazo para entrar a plan de facilidades de pago
El Gobierno desplegó a través de la AFIP nuevas medidas para aliviar la situación de las pymes en el marco de la cuarentena obligatoria por la pandemia. Este viernes se oficializó la prórroga hasta el 31 de julio del plazo para que ingresen a la moratoria que originalmente vencía el 30 de junio próximo.
Así lo establece la resolución general 4742 publicada este viernes en el Boletín Oficial
El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:
– La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 6.
– Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento
– El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a $1.000
– La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.
– La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.
Cómo adherirse al plan de pagos de la AFIP
– A los fines de adherir al presente régimen se deberá:
– Ingresar con Clave Fiscal al sistema denominado «MIS FACILIDADES».
– Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.
– Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación que se pretende regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.
– Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual deberá encontrarse previamente declarada a través del servicio denominado «Declaración de CBU».
– Consolidar la deuda y proceder al envío de la solicitud de adhesión.
– Descargar, a opción del contribuyente, el formulario de declaración jurada 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.