12 diciembre, 2024
ActualidadResistencia

COVID-19: detalles de la Cuarentena Fase 3

Extender la alarma sanitaria, de 21 a 6.

Suspender el transporte público hasta junio.

Unificar criterios comerciales de horarios, de 6 a 16.

Evitar concentración de personas por pagos.

Prohibición de espectáculos públicos ni fiestas patrias.

Suspensión de clases en todos los niveles educativos.

Restricciones de ingreso y egreso de la provincia con control en puntos limítrofes provinciales.

Suspensión de términos administrativos, manteniéndose el receso para la administración pública provincial, institutos, organismos centralizados y descentralizados, con guardias mínimas, excluyéndose las áreas consideradas críticas o esenciales.

Cierre de centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado interurbano, interjurisdiccional e internacional.

Sin actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.

Uso de barbijo o tapabocas generalizado en espacios públicos con carácter obligatorio.

Se autoriza la circulación con un acompañante en un radio máximo de 500 metros al de su domicilio para todas aquellas personas con discapacidad certificada por el IPRODICH.

Podrás trasladar a tu niña, niño, niñe al domicilio del otro progenitor/a, familiar o referente afectivo cumpliendo los recaudos de bioseguridad, el DNI y la declaración jurada a fin de garantizar la comunicación y los lazos socioafectivos, por razones laborales, de salud o de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor deba ausentarse del hogar pudiendo realizarlo cualquiera de los/las progenitores/as, un familiar o referente afectivo que haya convivido con el niño, niña y adolescente durante el aislamiento social regulado por los decretos 297/2020 y 325/2020.

Si sos el único responsable de los cuidados personales de tu hija, hije, hijo y te ves sobrecargado de las tareas de cuidado, podrás trasladarlo domicilio de un familiar o referente afectivo.

Si tu hija o hijo es un adolescentes de entre 16 y 18 años podrá trasladarse sin necesidad de contar con autorización expresa por parte de alguno/a de los/las progenitores, bastando la declaración jurada firmada por sí mismo.

Se establece el uso obligatorio de protectores faciales transparentes para al menos un agente en todos aquellos lugares en que exista atención al público, a efectos de facilitar su visualización y lectura labial para comunicarse con personas hipoacúsicas o que padezcan pérdida o disminución auditiva.

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