
El gobierno de Javier Milei formalizó este lunes la implementación del Fondo de Cese Laboral, un nuevo régimen que reemplaza el sistema tradicional de indemnización por despido. La medida fue oficializada mediante una comunicación del Banco Central publicada en el Boletín Oficial y reglamenta lo dispuesto por el artículo 96 de la Ley Bases (Ley 27.742) y el Decreto 847/2024.
A partir de ahora, los bancos comerciales estarán obligados a habilitar cuentas específicas para gestionar los aportes de este fondo, que podrá tener un carácter individual o colectivo, según lo que establezca cada convenio colectivo de trabajo. El sistema tiene como objetivo generar una “acumulación anticipada” de fondos para cubrir eventuales desvinculaciones laborales.
En el esquema individual, cada trabajador tendrá una cuenta a su nombre donde se acreditarán los aportes. En el modelo colectivo, será una entidad designada por el convenio quien administre los fondos. En todos los casos, las cuentas solo podrán recibir depósitos del empleador o, si se acuerda, también del trabajador.
Además, los bancos deberán abrir estas cuentas de manera ágil y enviar resúmenes mensuales electrónicos detallando movimientos y saldos, tanto en pesos como en su equivalente en UVA. También deberán garantizar el acceso a esa información vía home banking o mobile banking.
Desde el punto de vista tributario, los pagos que se realicen al trabajador como parte de este fondo recibirán el mismo tratamiento impositivo que las indemnizaciones tradicionales, según lo establecido por el decreto reglamentario. El nuevo régimen también puede aplicarse de manera retroactiva, si existe un acuerdo mutuo entre las partes.