{"id":6917,"date":"2020-05-26T21:39:43","date_gmt":"2020-05-27T00:39:43","guid":{"rendered":"http:\/\/portalmovil.com.ar\/?p=6917"},"modified":"2020-05-26T21:39:48","modified_gmt":"2020-05-27T00:39:48","slug":"barranqueras-extiende-el-aislamiento-social-preventivo-y-obligatorio-hasta-el-7-de-junio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/2020\/05\/26\/barranqueras-extiende-el-aislamiento-social-preventivo-y-obligatorio-hasta-el-7-de-junio\/","title":{"rendered":"BARRANQUERAS: Extiende el aislamiento, social, preventivo y obligatorio hasta el 7 de junio"},"content":{"rendered":"\n<p>En el marco de la pandemia por COVID -19 a nivel nacional, teniendo en cuenta la \u00faltima decisi\u00f3n del Ejecutivo nacional mediante el decreto 493\/20, como as\u00ed tambi\u00e9n el Ejecutivo provincial a trav\u00e9s del decreto 616\/20, la Municipalidad de Barranqueras en las \u00faltimas horas emiti\u00f3 la resoluci\u00f3n 672\/20, en la cual \u00abprorroga el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 7 de junio del corriente a\u00f1o\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, la intendente Magda Ayala consider\u00f3 \u201cque todas las medidas que se vienen implementando desde la comuna, tienen como objetivo espec\u00edfico el bien com\u00fan y el bienestar general de los habitantes de Barranqueras\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta l\u00ednea, \u201cse prorroga el aislamiento preventivo y obligatorio desde el 25 de mayo hasta el 7 de junio inclusive, ante la pandemia del COVID \u2013 19 en la ciudad de Barranqueras\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto a las pr\u00f3rrogas de las resoluciones establecidas previamente, Magda Ayala repas\u00f3 y subray\u00f3 que \u201ccon esta resoluci\u00f3n se prorroga justamente las resoluciones de intendencia municipal 431, 434, 450, 451, 473, 475, 487, 555 y 612 del corriente a\u00f1o, ante la pandemia declarada por el COVID \u2013 19 hasta el 7 de junio del 2020\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>En su art\u00edculo 4, la resoluci\u00f3n municipal 672 dispone que las autoridades provinciales, en conjunto con las municipales, cada uno en su \u00e1mbito de competencia, dispondr\u00e1n los procedimientos de fiscalizaci\u00f3n necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de toda la legislaci\u00f3n dispuesta en el marco de la Emergencia Sanitaria y sus normas complementarias.<\/p>\n\n\n\n<p>GUARDIA PASIVA<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a las licencias extraordinarias, la resoluci\u00f3n 672 \u201cCONCEDE licencia extraordinaria desde el 25 de mayo hasta el 7 de junio del 2020 inclusive, al personal municipal considerado de riesgo. Asimismo, se ESTABLECE que el resto del Personal no comprendido como de riesgo, se considerar\u00e1 en guardia pasiva y se le podr\u00e1 requerir la prestaci\u00f3n de servicios ya sea en forma presencial y\/ o remota y\/ o virtual.<\/p>\n\n\n\n<p>AUTORIZACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>AUTORIZAR al Secretario Coordinador de Gabinete a dictar los instrumentos necesarios para establecer las guardias m\u00ednimas y \/ o CONVOCAR al personal municipal que por su experiencia, oficio, idoneidad, especialidad y conocimiento especial sobre determinada materia y \/ o asunto, como as\u00ed tambi\u00e9n en virtud del cargo y \/ o situaci\u00f3n de revista que ostenta, A cumplir con las guardias m\u00ednimas en los lugares y horarios que oportunamente se establezcan\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>TRABAJOS DESDE EL HOGAR<\/p>\n\n\n\n<p>En otro de los art\u00edculos (9) de la resoluci\u00f3n municipal 672, se ESTABLECE que el Poder Ejecutivo municipal y\/ o secretarios y\/ o coordinadores podr\u00e1n requerir a los agentes de la Municipalidad de Barranqueras, estudios, trabajos y\/ o tareas que puedan realizarse desde su hogar y comunicarlos por v\u00eda electr\u00f3nica y en casos de urgencia y necesidad podr\u00e1 requerir la presencia y\/ o labor activa del personal mediante el cumplimiento de guardias m\u00ednimas en las oficinas de la Municipalidad de Barranqueras y\/ o donde la autoridad correspondiente determine.<\/p>\n\n\n\n<p>SISTEMA DE TURNOS Y PLAZOS ADMINISTRATIVOS<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto a la atenci\u00f3n al p\u00fablico, la jefa comunal Magda Ayala expres\u00f3 \u201cDETERMINAR que ante la emergencia sanitaria declarada, la atenci\u00f3n al p\u00fablico en la Municipalidad de Barranqueras se regir\u00e1 mediante un instrumento de Protocolo de Atenci\u00f3n de Tr\u00e1mites urgentes, en el marco de la emergencia por COVID \u2013 19, mediante el sistema de turnos; asimismo, se DETERMINA la suspensi\u00f3n de plazos administrativos a partir del d\u00eda 25 de mayo hasta el 7 de junio del corriente a\u00f1o a las 24 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>SUSPENSI\u00d3N DE ACTIVIDADES<\/p>\n\n\n\n<p>En este art\u00edculo, el 12, la resoluci\u00f3n 672 ESTABLECE hasta el 7 de junio del 2020 a las 24 horas la suspensi\u00f3n de las siguientes actividades: 1) Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; 2) Eventos p\u00fablicos y privados, sociales, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes, cualquier espacio p\u00fablico o privado que implique la concurrencia de personas; 3) Restaurantes, bares y\/ o cualquier actividad con o sin fin de lucro que implique la aglomeraci\u00f3n o concurrencia de personas; 4) Actividades tur\u00edsticas<\/p>\n\n\n\n<p>GRUPOS DE RIESGO<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto al art\u00edculo 13, la jefa comunal Magda Ayala explic\u00f3 \u201cDETERMINAR como grupo de riesgo a personas mayores de sesenta (60) a\u00f1os, embarazadas, personas con enfermedades respiratorias cr\u00f3nicas, enfermedades pulmonares obstructiva cr\u00f3nica (EPOC), enfisema cong\u00e9nito, displacia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosa qu\u00edstica y asma moderado o severo, personas con enfermedades card\u00edacas, insuficiencia card\u00edaca, enfermedades coronarias, valvulopat\u00edas y cardiopat\u00eda cong\u00e9nita, personas con inmunodeficiencia, personas con diabetes, insuficiencia renales cr\u00f3nica con di\u00e1lisis; las personas mayores de sesenta (60) que sean consideradas personas esenciales o est\u00e9n afectados a alguna actividad cr\u00edtica o de prestaci\u00f3n de servicios indispensables, no se encontrar\u00e1n enmarcados en el presente, salvo que presenten las comorbilidades mencionadas para los grupos de riesgo.<\/p>\n\n\n\n<p>ACTIVIDADES COMERCIALES<\/p>\n\n\n\n<p>En lo que refiere al art\u00edculo 14, se ESTABLECE que todas las actividades comerciales y\/ u oficios con o sin fines de lucro, que se habiliten en el modo y forma que se habiliten en la presente, deber\u00e1n en todos los casos cumplir estrictamente con las medidas y protocolos de higiene generales y bioseguridad, de ventilaci\u00f3n y desinfecci\u00f3n de ambientes y superficies, el distanciamiento social m\u00ednimo de dos (2) metros, espacios de circulaci\u00f3n o espera de p\u00fablico, separaci\u00f3n de sillas, la asignaci\u00f3n de turnos para la atenci\u00f3n o cronograma de atenci\u00f3n por terminaci\u00f3n de documento de identidad.<\/p>\n\n\n\n<p>AGENCIAS DE QUINIELA, LOTER\u00cdA Y AFINES<\/p>\n\n\n\n<p>Las agencias de quiniela, loter\u00eda y afines podr\u00e1n funcionar de 8 a 18 horas cumpliendo las medidas y protocolos de higiene generales, bioseguridad y obligatorio distanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<p>IGLESIAS Y TEMPLOS<\/p>\n\n\n\n<p>Al puntualizar a las Iglesias y Templos, la resoluci\u00f3n AUTORIZA&nbsp; a que mediante la Infraestructura \u2013 T\u00e9cnica \u2013 Digital y equipamiento necesario puedan dar sus Misas, Palabras, Celebraciones y Sermones a trav\u00e9s de filmaciones y transmisi\u00f3n on \u2013 line en los horarios de 8 horas y hasta las 18 horas, en la que no deben participar m\u00e1s de tres (3) personas en su realizaci\u00f3n, con las debidas normas y protocolos de higiene y distanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<p>OBRAS<\/p>\n\n\n\n<p>En este punto, se ESTABLECE que los oficios y actividades complementarias a la Obra P\u00fablica y Privada que sea especialmente habilitada tales como ladriller\u00eda, alba\u00f1iler\u00eda, pinturer\u00eda y transporte de materiales de construcci\u00f3n, podr\u00e1n funcionar de 8 horas a 18 horas, cumpliendo las medidas y protocolos de higiene generales, bioseguridad y obligatorio distanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<p>USO DE TAPABOCA<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n a las medidas de protecci\u00f3n mediante distintos elementos, la intendente mencion\u00f3 que dentro de la resoluci\u00f3n 672, en el art\u00edculo 19 \u201cse PRORROGA la obligatoriedad del uso de tapaboca a partir del 25 de mayo del 2020 y hasta el 7 de junio del 2020, a las 24 horas, para todas las personas que se domicilien y\/ o permanezcan en forma transitoria y\/ o circulen cualquiera fuese el motivo en la ciudad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<p>SERVICIOS DELIVERYS<\/p>\n\n\n\n<p>En el art\u00edculo 20, se ESTABLECE que desde el 25 de mayo del 2020 hasta el 7 de junio del 2020 a las 24 horas inclusive, los comercios de la ciudad de Barranqueras podr\u00e1n funcionar en el horario de 8 horas a 18 horas, expresamente sin atenci\u00f3n al p\u00fablico, bajo la modalidad de servicio de delivery y\/ o servicios puerta a puerta, del producto que comercializa el local con el cliente y\/ o consumidor destinatario del mismo y\/ o bajo la modalidad y\/ o bajo la modalidad de \u201ctake away\u201d (tome y lleve), recepcionando el bien o el producto adquirido el cliente y retir\u00e1ndose inmediatamente, previendo en este \u00faltimo caso el comercio todas las normas y protocolos de seguridad e higiene.<\/p>\n\n\n\n<p>ATENCI\u00d3N AL P\u00daBLICO<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto al horario de atenci\u00f3n al p\u00fablico de los servicios de rotiser\u00edas y\/ o comercios destinados a la comercializaci\u00f3n de comida elaborada, bajo la modalidad de delivery, ser\u00e1 de lunes a jueves de 8 horas a 23 horas y de viernes a domingo de 8 horas a 24 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>OFICIOS Y TRABAJOS INDEPENDIENTES<\/p>\n\n\n\n<p>En el art\u00edculo 23, se ESTABLECE que los comercios dedicados a oficios o trabajos independientes funcionar\u00e1n en el horario de 8 horas a 18 horas con el sistema de turnos previos, pudiendo atender una sola persona y\/ o cliente dentro del local comercial, respet\u00e1ndose en todos los casos los protocolos de seguridad e higiene.<\/p>\n\n\n\n<p>LAVADEROS DE AUTOMOTORES<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, la resoluci\u00f3n 672 ESTABLECE que los negocios que funcionan como lavaderos de automotores deber\u00e1n funcionar con turnos asignados en jornada diaria de 8 horas a 18 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>FLETES Y MUDANZAS<\/p>\n\n\n\n<p>Se resuelve AUTORIZAR el funcionamiento de servicio de fletes, taxifletes y mudanzas, en jornada reducida entre las 8 horas y las 18 horas \u00fanicamente, quedando solamente habilitadas para la circulaci\u00f3n interna en la ciudad de Barranqueras y excepcionalmente para casos de urgencia para el \u00e1rea metropolitana&nbsp; (Puerto Vilelas \u2013 Resistencia \u2013 Fontana- Barraqueras) debiendo para hacerlo portar con la respectiva autorizaci\u00f3n de circulaci\u00f3n Nacional y\/ o Provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>ESTACIONES DE SERVICIO<\/p>\n\n\n\n<p>_ Funcionar\u00e1n las que se encuentran emplazadas en la ciudad de Barranqueras en el horario de 8 horas a 18 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>FARMACIAS<\/p>\n\n\n\n<p>_ Las farmacias tendr\u00e1n un horario de atenci\u00f3n de 8 horas a 18 horas, extendiendo el funcionamiento hasta las 20 horas \u00fanicamente bajo el servicio de delivery, a excepci\u00f3n de las farmacias de turno que funcionan en el Municipio de Barranqueras, que continuar\u00e1n con el horario vigente para las mismas, ello en funci\u00f3n de la naturaleza de los productos que comercializan.<\/p>\n\n\n\n<p>FUERZAS DE SEGURIDAD<\/p>\n\n\n\n<p>_ ESTABLECER que la Guardia Urbana Municipal juntamente con la Polic\u00eda del Chaco deber\u00e1n llevar adelante todas las acciones que sean necesarias, id\u00f3neas y efectivas a los fines de controlar y evitar el aglomeramiento de personas dentro y fuera de las entidades bancarias del \u00e9jido municipal.<\/p>\n\n\n\n<p>REMISES Y TAXIS<\/p>\n\n\n\n<p>_ESTABLECER que el servicio de remises y taxis funcionar\u00e1n en Barranqueras bajo la modalidad puerta a puerta de 8 a 18 horas, como m\u00e1ximo con dos (2) personas. Todos los ocupantes del veh\u00edculo deber\u00e1n ocupar tapaboca, sin excepci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>TRANSPORTE DE CARGAS<\/p>\n\n\n\n<p>_ESTABLECER que el transporte de carga (camiones) podr\u00e1n circular de 5 horas a 18 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>LIMITACI\u00d3N DE CIRCULACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>_ESTABLECER, la limitaci\u00f3n de circulaci\u00f3n entre las personas y veh\u00edculos de la ciudad de Barranqueras, con las dem\u00e1s ciudades lim\u00edtrofes (Puerto Vilelas y Resistencia), debiendo para hacerlo portar con la respectiva autorizaci\u00f3n de circulaci\u00f3n nacional y\/ o provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>CIERRE DE ACCESOS<\/p>\n\n\n\n<p>_ESTABLECER, la continuidad del cierre de los accesos a la ciudad de Barranqueras, estableciendo como \u00fanico acceso a la ciudad de Barranqueras por avenida 9 de Julio, avenida San Mart\u00edn y avenida Soberan\u00eda Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>COMISI\u00d3N CONFORMADA POR DISTINTAS FUERZAS<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la normativa presente DETERMINA a los fines del cumplimiento de la misma, y en caso de ser necesario, se conformar\u00e1 una comisi\u00f3n integrada por distintas \u00e1reas de las fuerzas de seguridad y de inspecci\u00f3n en el \u00e9jido de la Municipalidad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<p>C\u00d3DIGO DE FALTAS MUNICIPAL<\/p>\n\n\n\n<p>Al hacer referencia al aislamiento, el art\u00edculo 34 de la resoluci\u00f3n, resuelve DETERMINAR el incumplimiento a los t\u00e9rminos de la presente normativa, el lugar a las limitaciones que determina el C\u00f3digo de Faltas de la Municipalidad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<p>AISLAMIENTO DEL \u00c9JIDO MUNICIPAL<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, la intendente de Barranqueras, Magda Ayala, mencion\u00f3 el art\u00edculo 36 de la resoluci\u00f3n 672, donde ESTABLECE el aislamiento del \u00e9jido municipal de Barranqueras, disponiendo la restricci\u00f3n del ingreso y el progreso a la ciudad, respecto de personas, camiones, automotores, motocicletas, bicicletas y cualquier otro tipo de rodados utilizados para transportar personas o cosas, una excepci\u00f3n de las personas autorizadas para circular.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco de la pandemia por COVID -19 a nivel nacional, teniendo en cuenta la \u00faltima decisi\u00f3n del Ejecutivo nacional mediante el decreto 493\/20, como as\u00ed tambi\u00e9n el Ejecutivo provincial a trav\u00e9s del decreto 616\/20, la Municipalidad de Barranqueras en las \u00faltimas horas emiti\u00f3 la resoluci\u00f3n 672\/20, en la cual \u00abprorroga el aislamiento social, &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":5597,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[28,14],"tags":[],"class_list":["post-6917","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","category-politica"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/32e592ae-979f-4a64-9422-26e13120e627.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6917","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6917"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6917\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6918,"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6917\/revisions\/6918"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5597"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6917"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6917"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6917"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}