{"id":6450,"date":"2020-05-15T23:44:43","date_gmt":"2020-05-16T02:44:43","guid":{"rendered":"http:\/\/portalmovil.com.ar\/?p=6450"},"modified":"2020-05-15T23:44:46","modified_gmt":"2020-05-16T02:44:46","slug":"barranqueras-sigue-el-aislamiento-y-medidas-preventivas-con-algunas-modificaciones-hasta-el-24-de-mayo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/2020\/05\/15\/barranqueras-sigue-el-aislamiento-y-medidas-preventivas-con-algunas-modificaciones-hasta-el-24-de-mayo\/","title":{"rendered":"BARRANQUERAS: sigue el aislamiento y medidas preventivas, con algunas modificaciones, hasta el 24 de mayo"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el marco de la pandemia por COVID \u2013 19 a nivel nacional, teniendo en cuenta la \u00faltima decisi\u00f3n del Ejecutivo nacional mediante el decreto 459\/20, como as\u00ed tambi\u00e9n el Ejecutivo provincial a trav\u00e9s del decreto 560\/20, la Municipalidad de Barranqueras en las \u00faltimas horas emiti\u00f3 la resoluci\u00f3n 612\/20, en la cual \u00abprorroga el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 24 de mayo del corriente a\u00f1o\u00bb.<br>En este sentido, la intendente Magda Ayala consider\u00f3 \u00abque todas las medidas que vienen adelante la comunidad portuaria tienen como objetivo espec\u00edfico el bien com\u00fan y el bienestar general de los habitantes de Barranqueras\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En esta l\u00ednea, \u201cse prorroga el aislamiento preventivo y obligatorio desde el 11 de mayo hasta el 24 de mayo inclusive, ante la pandemia del COVID \u2013 19 en la ciudad de Barranqueras\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con respecto a las pr\u00f3rrogas de las resoluciones establecidas previamente, Magda Ayala repas\u00f3 y subray\u00f3 que \u201ccon esta resoluci\u00f3n se prorroga justamente las resoluciones de intendencia municipal 431, 434, 450, 451, 473, 475, 487, 555 del corriente a\u00f1o, ante la pandemia declarada por el COVID \u2013 19 hasta el 24 de mayo del 2020.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACI\u00d3N<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En su art\u00edculo 5, la resoluci\u00f3n municipal 612 dispone que las autoridades provinciales, en conjunto con las municipales, cada uno en su \u00e1mbito de competencia, dispondr\u00e1n los procedimientos de fiscalizaci\u00f3n necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de toda la legislaci\u00f3n dispuesta en el marco de la Emergencia Sanitaria y sus normas complementarias.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">LICENCIA EXTRAORDINARIA<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En cuanto a las licencias extraordinarias, la resoluci\u00f3n 612 \u201cCONCEDE licencia extraordinaria desde el 11 de mayo hasta el 24 de mayo del 2020 inclusive, todo lo personal que preste servicios en las oficinas de la Municipalidad de Barranqueras y \/ o edificios p\u00fablicos anexos, a excepci\u00f3n del personal que se requiera y \/ o convoque a cumplir guardias m\u00ednimas; as\u00ed tambi\u00e9n AUTORIZAR al Secretario Coordinador de Gabinete a dictar los instrumentos necesarios para establecer las guardias m\u00ednimas y \/ o CONVOCAR al personal municipal que por su experiencia, oficio, idoneidad, especialidad y conocimiento especial sobre determinada materia y \/ o asunto, como as\u00ed tambi\u00e9n en virtud del cargo y \/ o situaci\u00f3n de revista que ostenta, cumplir con las guardias m\u00ednimas en los lugares y horarios que oportunamente se establezcan \u201d.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">TRABAJOS DESDE EL HOGAR<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En otro de los art\u00edculos (9) de la resoluci\u00f3n municipal 612, se ESTABLECE que el Poder Ejecutivo municipal y\/ o secretarios y\/ o coordinadores podr\u00e1n requerir a los agentes de la Municipalidad de Barranqueras, estudios, trabajos y\/ o tareas que puedan realizarse desde su hogar y comunicarlos por v\u00eda electr\u00f3nica y en casos de urgencia y necesidad podr\u00e1 requerir la presencia y\/ o labor activa del personal mediante el cumplimiento de guardias m\u00ednimas en las oficinas de la Municipalidad de Barranqueras y\/ o donde la autoridad correspondiente determine.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">SISTEMA DE TURNOS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con respecto a la atenci\u00f3n al p\u00fablico, la jefa comunal Magda Ayala expres\u00f3 \u201cDETERMINAR que ante la emergencia sanitaria declarada, la atenci\u00f3n al p\u00fablico en la Municipalidad de Barranqueras se regir\u00e1 mediante un instrumento de Protocolo de Atenci\u00f3n de Tr\u00e1mites urgentes, en el marco de la emergencia por COVID \u2013 19, mediante el sistema de turnos; asimismo, se DETERMINA la suspensi\u00f3n de plazos administrativos a partir del d\u00eda 11 de mayo hasta el 24 de mayo del corriente a\u00f1o a las 24: 00 horas, exceptu\u00e1ndose los t\u00e9rminos, condiciones y plazos que rigen las resoluciones de intendencia 183\/ 20 y 184\/ 20, como as\u00ed tambi\u00e9n sus normas complementarias y la ordenanza 5810.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">SUSPENSI\u00d3N DE ACTIVIDADES<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este art\u00edculo, el 12, la resoluci\u00f3n 612 ESTABLECE hasta el 24 de mayo del 2020 a las 24 horas la suspensi\u00f3n de las siguientes actividades: 1) Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; 2) Eventos p\u00fablicos y privados, sociales, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, clubes, cualquier espacio p\u00fablico o privado que implique la concurrencia de personas; 3) Actividades tur\u00edsticas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">MEDIDAS DE HIGIENE<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En l que refiere a las medidas de higiene, la resoluci\u00f3n municipal 612, en su art\u00edculo 13, ESTABLECE las medidas de Higiene Generales, de ventilaci\u00f3n y desinfecci\u00f3n de ambientes y superficies, el distanciamiento social, la obligaci\u00f3n para las oficinas e instituciones de disponer en los espacios de circulaci\u00f3n espera de p\u00fablicos de acciones como: separaci\u00f3n de sillas debiendo guardar una distancia m\u00ednima de 2 metros entre cada una, la asignaci\u00f3n de turnos para la atenci\u00f3n o cronograma de atenci\u00f3n por terminaci\u00f3n de documento de identidad.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">CENTROS COMERCIALES<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con respecto a las actividades en los centros comerciales de Barranqueras, la resoluci\u00f3n 612, en su art\u00edculo 14, \u201cESTABLECE la suspensi\u00f3n de actividades en centros comerciales, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares y cualquier espacio p\u00fablico que implique aglomeraci\u00f3n de personas o su concurrencia masiva. Asimismo, se mantendr\u00e1 la SUSPENSI\u00d3N de eventos culturales, sociales y deportivos (art\u00edculo 15) y aquellos que impliquen aglomeraci\u00f3n de personas y\/ o de cualquier tipo.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">AGENCIA DE QUINIELAS, LOTER\u00c1 Y AFINES<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el art\u00edculo 16, la resoluci\u00f3n 612 ESTABLECE la apertura, a partir del 18 de mayo de 2020, la apertura de agencias de quiniela, loter\u00eda y afines.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">IGLESIAS Y TEMPLOS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al puntualizar a las Iglesias y Templos, la resoluci\u00f3n AUTORIZA a que mediante la Infraestructura \u2013 T\u00e9cnica \u2013 Digital y equipamiento necesario puedan dar sus Misas, Palabras, Celebraciones y Sermones a trav\u00e9s de filmaciones y transmisi\u00f3n on \u2013 line en los horarios de 8 horas y hasta las 19 horas, en la que no deben participar m\u00e1s de tres (3) personas en su realizaci\u00f3n, con las debidas normas y protocolos de higiene y distanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">OBRAS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ESTABLECE que las obras privadas deber\u00e1n ajustarse a los t\u00e9rminos del Decreto Provincial que se adhiere por este instrumento, y efectuarse en aquellos edificios y viviendas no habitadas, de forma progresiva, en jornadas de trabajo de las 7 horas y hasta las 14 horas, con planteles de obreros o personal reducido, debiendo los trabajadores evitar la utilizaci\u00f3n de transporte p\u00fablico para su desplazamiento hacia el lugar de trabajo. Asimismo, dicha actividad deber\u00e1 proveer suspensi\u00f3n de tareas cada tres (3) horas para higienizaci\u00f3n del ambiente y del personal.<br>_ ESTABLECER que los oficios y actividades complementarias a la Obra P\u00fablica y Privada que sea especialmente habilitada, tales como ladriller\u00eda, alba\u00f1iler\u00eda, pinturer\u00eda y transporte de materiales de construcci\u00f3n, podr\u00e1n funcionar observando todas las recomendaciones vigentes en seguridad sanitaria.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">USO DE TAPABOCA<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En relaci\u00f3n a las medidas de protecci\u00f3n mediante distintos elementos, la intendente mencion\u00f3 que dentro de la resoluci\u00f3n 612, en el art\u00edculo 12 \u201cse PRORROGA la obligatoriedad del uso de tapaboca a partir del 11 de mayo del 2020 y hasta el 24 de mayo del 2020, a las 24 horas, para todas las personas que se domicilien y\/ o permanezcan en forma transitoria y\/ o circulen cualquiera fuese el motivo en la ciudad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">SERVICIOS DE DELIVERY<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este punto, se ESTABLECE que desde el 11 de mayo del 2020 hasta el 24 de mayo del 2020 a las 24 horas, los comercios de la ciudad de Barranqueras, podr\u00e1n funcionar en el horario de 8 horas a 20 horas, expresamente sin atenci\u00f3n al p\u00fablico, bajo la modalidad de servicio de delivery y\/ o servicios puerta a puerta, del producto que comercializa el local con el cliente y\/ o consumidor destinatario del mismo y\/ o bajo la modalidad y\/ o bajo la modalidad de \u201ctake away\u201d, tome y lleve recepcionando el bien o el producto adquirido el cliente y retir\u00e1ndose inmediatamente, previendo en este \u00faltimo caso el comercio todas las normas y protocolos de seguridad e higiene.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">ATENCI\u00d3N AL P\u00daBLICO<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con respecto al horario de atenci\u00f3n al p\u00fablico de los servicios de rotiser\u00edas y\/ o comercios destinados a la comercializaci\u00f3n de comida elaborada, bajo la modalidad de delivery, ser\u00e1 de lunes a jueves de 8 horas a 23 horas y de viernes a domingo de 8 horas a 24 horas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">OFICIOS Y TRABAJOS INDEPENDIENTES<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el art\u00edculo 24, se ESTABLECE que los comercios dedicados a oficios o trabajos independientes funcionar\u00e1n en el horario de 8 horas a 20 horas con el sistema de turnos previos, pudiendo atender una sola persona y\/ o cliente dentro del local comercial, respet\u00e1ndose en todos los casos los protocolos de seguridad e higiene.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">LAVADEROS DE AUTOMOTORES<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este sentido, la resoluci\u00f3n 612 ESTABLECE que los negocios que funcionan como lavaderos de automotores deber\u00e1n funcionar con turnos asignados en jornada diaria de 10 horas a 17 horas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">FLETES Y MUDANZAS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se resuelve AUTORIZAR el funcionamiento de servicio de fletes, taxifletes y mudanzas, en jornada reducida entre las 10 horas y las 17 horas \u00fanicamente, quedando solamente habilitadas para la circulaci\u00f3n interna en la ciudad de Barranqueras y excepcionalmente para casos de urgencia para el \u00e1rea metropolitana (Puerto Vilelas \u2013 Resistencia \u2013 Fontana- Barraqueras) debiendo para hacerlo portar con la respectiva autorizaci\u00f3n de circulaci\u00f3n Nacional y\/ o Provincial.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">ESTACIONES DE SERVICIO<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Funcionar\u00e1n las que se encuentran emplazadas en la ciudad de Barranqueras en el horario de 8 a 20 horas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">FARMACIAS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las farmacias tendr\u00e1n un horario de atenci\u00f3n de 8 horas a 12 horas y de 16 horas a 20 horas, a excepci\u00f3n de las farmacias de turno que funcionan en el Municipio de Barranqueras, que continuar\u00e1n con el horario vigente para las mismas, ello en funci\u00f3n de la naturaleza de los productos que comercializan.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">FUERZAS DE SEGURIDAD<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ESTABLECER que la Guardia Urbana Municipal juntamente con la Polic\u00eda del Chaco deber\u00e1n llevar adelante todas las acciones que sean necesarias, id\u00f3neas y efectivas a los fines de controlar y evitar el aglomeramiento de personas dentro y fuera de las entidades bancarias del \u00e9jido municipal.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">REMISES Y TAXIS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ESTABLECER que el servicio de remises y taxis funcionar\u00e1n en Barranqueras bajo la modalidad puerta a puerta de 8 a 20 horas, como m\u00e1ximo con dos (2) personas. Todos los ocupantes del veh\u00edculo deber\u00e1n ocupar tapaboca, sin excepci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">TRANSPORTE DE CARGAS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ESTABLECER que el transporte de carga (camiones) podr\u00e1n circular de 5 a 21 horas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">LIMITACI\u00d3N DE CIRCULACI\u00d3N<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ESTABLECER, la limitaci\u00f3n de circulaci\u00f3n entre las personas y veh\u00edculos de la ciudad de Barranqueras, con las dem\u00e1s ciudades lim\u00edtrofes (Puerto Vilelas y Resistencia), debiendo para hacerlo portar con la respectiva autorizaci\u00f3n de circulaci\u00f3n nacional y\/ o provincial.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">CIERRE DE ACCESOS<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ESTABLECER, la continuidad del cierre de los accesos a la ciudad de Barranqueras, estableciendo como \u00fanico acceso a la ciudad de Barranqueras; el ingreso por avenida 9 de Julio, avenida San Mart\u00edn y avenida Soberan\u00eda Nacional.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">FUERZAS DE SEGURIDAD<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, la normativa presente DETERMINA a los fines del cumplimiento de la misma, y en caso de ser necesario, se conformar\u00e1 una comisi\u00f3n integrada por distintas \u00e1reas de las fuerzas de seguridad y de inspecci\u00f3n en el \u00e9jido de la Municipalidad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">C\u00d3DIGO DE FALTAS MUNICIPAL<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al hacer referencia al aislamiento, el art\u00edculo 35 de la resoluci\u00f3n, resuelve DETERMINAR el incumplimiento a los t\u00e9rminos de la presente normativa, el lugar a las limitaciones que determina el C\u00f3digo de Faltas de la Municipalidad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">AISLAMIENTO DEL \u00c9JIDO MUNICIPAL<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por \u00faltimo, la intendente de Barranqueras, Magda Ayala, mencion\u00f3 el art\u00edculo 37 de la resoluci\u00f3n 612, donde ESTABLECE el aislamiento del \u00e9jido municipal de Barranqueras, disponiendo la restricci\u00f3n del ingreso y el progreso a la ciudad, respecto de personas, camiones, automotores, motocicletas, bicicletas y cualquier otro tipo de rodados utilizados para transportar personas o cosas, una excepci\u00f3n de las personas autorizadas para circular.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco de la pandemia por COVID \u2013 19 a nivel nacional, teniendo en cuenta la \u00faltima decisi\u00f3n del Ejecutivo nacional mediante el decreto 459\/20, como as\u00ed tambi\u00e9n el Ejecutivo provincial a trav\u00e9s del decreto 560\/20, la Municipalidad de Barranqueras en las \u00faltimas horas emiti\u00f3 la resoluci\u00f3n 612\/20, en la cual \u00abprorroga el aislamiento 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