{"id":16180,"date":"2020-11-29T18:22:21","date_gmt":"2020-11-29T21:22:21","guid":{"rendered":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/?p=16180"},"modified":"2020-11-29T18:22:22","modified_gmt":"2020-11-29T21:22:22","slug":"el-chaco-prorroga-la-implementacion-de-la-alarma-sanitaria-hasta-el-20-de-diciembre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/2020\/11\/29\/el-chaco-prorroga-la-implementacion-de-la-alarma-sanitaria-hasta-el-20-de-diciembre\/","title":{"rendered":"El Chaco prorroga la implementaci\u00f3n de la alarma sanitaria hasta el 20 de diciembre"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>El gobierno provincial emiti\u00f3 el Decreto 1668\/2020, por medio del cual prorroga hasta el 20 de diciembre la implementaci\u00f3n de la alarma sanitaria en la provincia del Chaco y las medidas dispuestas el pasado 8 de noviembre,&nbsp;<\/strong>en el marco de la pandemia de coronavirus.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre las disposiciones que se mantienen&nbsp;<strong>se destacan la habilitaci\u00f3n de actividades deportivas grupales para entrenamiento; como por ejemplo rugby, futbol, v\u00f3ley o b\u00e1squet<\/strong>, entre otros deportes, as\u00ed como tambi\u00e9n&nbsp;<strong>la flexibilizaci\u00f3n en el horario de apertura para bares y restaurantes<\/strong>, y tambi\u00e9n&nbsp;<strong>se contempla la habilitaci\u00f3n de casinos con protocolos especiales bajo control de Loter\u00eda Chaque\u00f1a, entre otras<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La nueva normativa, que regir\u00e1 desde este lunes 30 de noviembre, por tres semanas, hasta el 20 de diciembre,<\/strong>\u00a0ratifica\u00a0lo establecido por el gobierno nacional en el anuncio del viernes del presidente Alberto Fern\u00e1ndez,\u00a0y establece la<strong>\u00a0pr\u00f3rroga de las medidas dispuestas por Decreto 1520 y 1565 por el Ejecutivo provincial.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En ese marco, vale recordar que por medio del&nbsp;Decreto 1565\/20,&nbsp;<strong>el gobierno provincial hab\u00eda dispuesto estrictos controles de cumplimiento en los protocolos aprobados y la alarma sanitaria<\/strong>, entre las principales acciones orientadas a contener contagios de coronavirus en la provincia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Reimplementaci\u00f3n de la alarma sanitaria de 21.30 a 6.30 del d\u00eda siguiente en todo el Chaco.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Puestos de control policiales en barrios y sectores cr\u00edticos (hay 16 en Resistencia).<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Un programa de voluntarios civiles para intervenci\u00f3n territorial especialmente bares, restaurantes, gimnasios y dem\u00e1s actividades o sectores que, seg\u00fan los indicadores epidemiol\u00f3gicos, se observen como focos de contagio.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, ese decreto era&nbsp;<strong>complementario al 1520\/2020 que determinaba para todo el territorio provincial la implementaci\u00f3n de medidas especiales de restricci\u00f3n y modalidades para el desarrollo de actividades con vigencia desde el 8 de noviembre y hasta el d\u00eda 29 de noviembre de 2020<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>ALGUNAS MEDIDAS ESPECIALES<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Bares y Restaurantes:<\/strong>\u00a0Se mantienen el permiso de apertura los d\u00edas lunes a mi\u00e9rcoles, en el horario de 8 a 22 hs, con utilizaci\u00f3n de la plataforma de turnos, permiti\u00e9ndose la utilizaci\u00f3n de salones y sectores cerrados y al aire libre, con no m\u00e1s de 4 (cuatro) personas por mesa con restricci\u00f3n etaria y asimismo la alternativa de venta o atenci\u00f3n a trav\u00e9s de entregas a domicilio (delivery) hasta las 2 horas.<br>Se incluyen en el presente apartado los establecimientos gastron\u00f3micos que funcionan en patios de comidas y\/o centros comerciales, los que podr\u00e1n funcionar conforme las pautas citadas. Los d\u00edas jueves a domingo, el horario permitido para permanencia en el local en salones cerrados y al aire libre se extender\u00e1 hasta las 2 horas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Actividades recreativas o de esparcimiento-<\/strong>\u00a0Las salidas de paseo recreativas se encuentran habilitadas para personas entre 5 a 60 a\u00f1os de edad que no integren grupos de riesgo desde las 8 a las 22 hs \u2013 Los Municipios locales deber\u00e1n habilitar espacios para el desarrollo de estas actividades, discriminando diferentes grupos etarios o sectores a fin de garantizar el uso adecuado de los espacios, observar una distribuci\u00f3n geogr\u00e1fica que permita a las personas contar con \u00e1reas de recreaci\u00f3n cercanas a su domicilio, evitando la aglomeraci\u00f3n de personas y el uso inadecuado de las mismas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Casinos y salas de juegos:<\/strong>\u00a0Loter\u00eda Chaque\u00f1a S.A podr\u00e1 autorizar en forma progresiva la habilitaci\u00f3n de casinos, salas de juego y servicios conexos a cargo de las concesionarias, en el horario de 8 a 22 horas los d\u00edas lunes a mi\u00e9rcoles, extendi\u00e9ndose el horario de cierre los d\u00edas jueves a domingos hasta las 2 horas. Las medidas de seguridad sanitaria incluir\u00e1n la incorporaci\u00f3n de extractores o filtros de aire en las salas, y turnos de 3 horas, debiendo incorporarse intervalos de treinta minutos entre turnos que permita la ventilaci\u00f3n de la sala y la desinfecci\u00f3n de los sectores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Clubes e instituciones deportivas:<\/strong>\u00a0Deber\u00e1n establecer un ingreso limitado de personas que no supere la utilizaci\u00f3n del 30% de las superficies disponibles por turnos o clases, seg\u00fan cada espacio que posea el club, entidad, o complejo.<br>Podr\u00e1n realizarse excepciones, en el caso de que menores de entre 5 a 15 a\u00f1os requieran asistir con acompa\u00f1amiento de un adulto. En ning\u00fan caso, el acompa\u00f1ante podr\u00e1 ser mayor de 60 a\u00f1os o pertenecer a grupos de riesgo.<\/p>\n\n\n\n<p>Las actividades f\u00edsicas o deportivas se encuentran habilitadas para entrenamiento de car\u00e1cter individual en espacios al aire libre o espacios que cuenten con buena circulaci\u00f3n o ventilaci\u00f3n de aire.<br>Los materiales y\/o elementos a utilizar para entrenamiento deben ser de uso individual o \u00fanico program\u00e1ndose turnos de entrenamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Se permitir\u00e1 el desarrollo de disciplinas deportivas o actividades f\u00edsicas grupales para entrenamiento sin contacto y sin compartir elementos que se efect\u00fae en espacios cerrados cubiertos con ventilaci\u00f3n de aire y aquellos al aire libre, consider\u00e1ndose incluido futbol, b\u00e1squet, v\u00f3ley, rugby, handball, hockey, entre otros, respetando el m\u00e1ximo del 30% de ocupaci\u00f3n de las superficies disponibles.<br>Todas las actividades deportivas que paulatinamente se habiliten podr\u00e1n desarrollarse hasta las 22 horas y deber\u00e1n cumplir las medidas de car\u00e1cter general y particularidades de cada disciplina.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Gimnasios, centros terap\u00e9uticos, incluyendo centros de d\u00eda para adultos mayores e institutos de estimulaci\u00f3n temprana para ni\u00f1os:<\/strong>\u00a0mantendr\u00e1n las habilitaciones ya establecidas, con un horario m\u00e1ximo que no supere las 22 horas y modalidades restringidas conforme los protocolos aprobados. Se incluyen en el presente, los natatorios exclusivamente con fines terap\u00e9uticos o de entrenamiento.<br>Bajo prescripci\u00f3n m\u00e9dica, con protocolos y de acuerdo a lo que determinen los profesionales tratantes, podr\u00e1 habilitarse la atenci\u00f3n y realizaci\u00f3n de actividades con pacientes de grupos de riesgo, debiendo a tal fin asignarse turnos especiales e individuales, asign\u00e1ndose auxiliares, acompa\u00f1antes y elementos de uso exclusivo para el paciente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Iglesias, cultos y templos:<\/strong>\u00a0mantendr\u00e1n las restricciones de uso reducido de los salones, no pudiendo exceder del 60% de la capacidad conforme las superficies afectada al uso. Sin perjuicio de ello, se recomienda la realizaci\u00f3n de las actividades al aire libre.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Servicios F\u00fanebres:<\/strong>\u00a0se permiten por un per\u00edodo m\u00e1ximo de hasta 4 horas con capacidad de ocupaci\u00f3n reducida al 50 % los espacios destinados a tal fin y bajo protocolos de bioseguridad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Caza, pesca deportiva, de costa y de embarcaci\u00f3n menor:<\/strong>\u00a0se permitir\u00e1n conforme las pautas que fije la Secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente en su car\u00e1cter de autoridad de aplicaci\u00f3n provincial. Las personas deber\u00e1n contar con permiso de circulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Hoteles, moteles, alojamientos, residenciales:<\/strong>\u00a0No se permite el uso de espacios comunes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Guarder\u00edas infantiles y Jardines Maternales:<\/strong>\u00a0se mantiene su habilitaci\u00f3n conforme lo establecido por Decreto N\u00ba 1360\/2020 y el protocolo con las recomendaciones aprobadas por el Ministerio de Salud de la Provincia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Salones de eventos Infantiles:<\/strong>\u00a0se mantiene su habilitaci\u00f3n conforme lo dispuesto por Decreto N\u00b01466\/2020 conforme los protocolos sanitarios pertinentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Salones y\/o desarrollo de eventos sociales, culturales y\/o musicales:<\/strong>\u00a0los mismos ser\u00e1n regulados mediante la normativa espec\u00edfica que oportunamente se establezca para su progresiva habilitaci\u00f3n, bajo estricto cumplimiento de protocolos sanitarios, con restricciones de capacidad conforme el aforo de los lugares y sujetos a la registraci\u00f3n de los eventos programados a trav\u00e9s de la plataforma web \u201cTu Gobierno Digital\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobierno provincial emiti\u00f3 el Decreto 1668\/2020, por medio del cual prorroga hasta el 20 de diciembre la implementaci\u00f3n de la alarma sanitaria en la provincia del Chaco y las medidas dispuestas el pasado 8 de noviembre,&nbsp;en el marco de la pandemia de coronavirus. 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