{"id":13999,"date":"2020-10-13T17:47:39","date_gmt":"2020-10-13T20:47:39","guid":{"rendered":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/?p=13999"},"modified":"2020-10-13T17:47:44","modified_gmt":"2020-10-13T20:47:44","slug":"chaco-continua-con-el-distanciamiento-preventivo-y-obligatorio-hasta-el-24-de-octubre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portalmovil.com.ar\/index.php\/2020\/10\/13\/chaco-continua-con-el-distanciamiento-preventivo-y-obligatorio-hasta-el-24-de-octubre\/","title":{"rendered":"Chaco contin\u00faa con el distanciamiento preventivo y obligatorio hasta el 24 de octubre"},"content":{"rendered":"\n<p>Este martes comenz\u00f3 la segunda etapa de medidas determinadas por el decreto 1314\/20 para evitar conglomerados de personas y aplanar la curva de contagios, que establece se retomen las actividades seg\u00fan la fase tres de la desescalada. Hasta el 24 de octubre contin\u00faa el distanciamiento preventivo y obligatorio con la implementaci\u00f3n de la Alarma Sanitaria que proh\u00edbe la circulaci\u00f3n en las calles a partir de las 21 horas. Las restricciones y recomendaciones son aplicables a toda la comunidad, actividades, organismos, establecimientos, espacios p\u00fablicos y privados de toda la provincia.<\/p>\n\n\n\n<p>Las medidas, implementadas en base a las recomendaciones del Consejo Provincial de Desescalada ante al incremento del n\u00famero de contagios de coronavirus, podr\u00e1n ser modificadas de acuerdo a los indicadores sanitarios y de seguridad p\u00fablica: tasa de duplicaci\u00f3n de d\u00edas, tasa de contagios, R0, etapas de propagaci\u00f3n seg\u00fan m\u00e9todo BID, indicadores sint\u00e9ticos de seguimiento y monitoreo de contactos estrechos y casos positivos confirmados, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Alarma sanitaria<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>El decreto ratifica, hasta el 24 de octubre, las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, y la implementaci\u00f3n de la Alarma Sanitaria con motivo de la prohibici\u00f3n para la circulaci\u00f3n de personas, automotores y motoveh\u00edculos en el periodo comprendido entre las 21 y las 7 del d\u00eda siguiente.<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministerio de Seguridad y Justicia podr\u00e1 determinar con la participaci\u00f3n conjunta de la Polic\u00eda del Chaco, fuerzas de seguridad nacional y bomberos, operativos especiales a partir de las 20.30, a fin de hacer saber la proximidad e inicio del horario de prohibici\u00f3n de circulaci\u00f3n a trav\u00e9s de la alarma sanitaria.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Retoma el servicio de transporte p\u00fablico y otras actividades<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Se retomar\u00e1 la prestaci\u00f3n del servicio de transporte p\u00fablico de pasajeros de 7 a 21. Se determinar\u00e1 la fiscalizaci\u00f3n estricta de cumplimiento de medidas de distanciamiento social, habilit\u00e1ndose un uso reducido en cada unidad de la capacidad de pasajeros, permiti\u00e9ndose el traslado \u00fanicamente personas sentadas, ajustando el horario de los recorridos conforme el horario de alarma sanitaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Se permitir\u00e1 la apertura de bares y restaurantes de 8 a 21, a trav\u00e9s de la plataforma de turnos, en sectores al aire libre, con no m\u00e1s de cuatro personas por mesa. A partir de las 21 y hasta la medianoche, s\u00f3lo podr\u00e1n funcionar bajo la modalidad de delivery y\/o retiro del local, sin permanencia. Las actividades recreativas, de esparcimiento se habilitar\u00e1n conforme las modalidades previstas en el Anexo IV del Decreto 843\/2020, sus modificatorias y pr\u00f3rrogas, que reglamenta los protocolos con distanciamiento social y medidas preventivas.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, ratifica la suspensi\u00f3n de clases presenciales en todos los niveles y su reemplazo a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n de la plataforma digital ELE a cargo del personal docente. El Ministerio de Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda continuar\u00e1 adoptando las medidas complementarias que fueren pertinentes para dar continuidad a las trayectorias educativas en entornos formativos adecuados. Ratifica adem\u00e1s las medidas establecidas en lo relativo a funcionamiento de los comedores escolares, con intervenci\u00f3n conjunta del Ministerio de Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda y Ministerio de Desarrollo Social.<\/p>\n\n\n\n<p>Contin\u00faan prohibidos los eventos culturales, sociales, deportivos, religiosos y aquellos que impliquen aglomeraci\u00f3n de personas conforme las pautas que fije el Poder Ejecutivo Nacional y las restricciones de ingreso y egreso de la Provincia con control en puntos lim\u00edtrofes provinciales.<\/p>\n\n\n\n<p>Se restringir\u00e1 la circulaci\u00f3n entre localidades consideradas cr\u00edticas a efectos de evitar la propagaci\u00f3n comunitaria.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Salidas recreativas, actividades deportivas<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Las salidas recreativas est\u00e1n habilitadas para personas de 15 a 60 a\u00f1os que no integren los grupos de riesgo. Los adultos mayores de 60 a\u00f1os o personas de riesgo, podr\u00e1n hacerlo de 8 a 18 los lunes, mi\u00e9rcoles, viernes, fines de semana y feriados.<\/p>\n\n\n\n<p>Las actividades deportivas est\u00e1n habilitadas todos los d\u00edas hasta las 20. En entrenamientos individuales en espacios al aire libre y grupales de hasta diez personas que no impliquen contacto f\u00edsico, deber\u00e1n programarse turnos. Los elementos para entrenamiento deben ser de uso individual o \u00fanico manteniendo el distanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<p>Los gimnasios podr\u00e1n funcionar de 8 a 21, siempre y cuando se respete el protocolo impuesto por cada municipio para su funcionamiento.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Reuniones y eventos sociales y religiosos<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>No se permiten reuniones, eventos sociales, celebraciones p\u00fablicas ni privadas de cualquier \u00edndole -incluyendo las de car\u00e1cter familiar- en espacios cerrados, ni domicilios, cualquiera sea el n\u00famero de asistentes, salvo grupo conviviente. S\u00f3lo estar\u00e1 permitido al aire libre, conforme al DNU 677\/2020, hasta las 20 y la cantidad de personas depender\u00e1 de la superficie del lugar en que se desarrollar\u00e1 la actividad, la que no podr\u00e1 ser superior al 50 por ciento. Se deber\u00e1 utilizar la plataforma de permisos de circulaci\u00f3n por turnos a fin de regular la movilidad urbana.<\/p>\n\n\n\n<p>Se mantiene la habilitaci\u00f3n de celebraciones y eventos religiosos de 8 a 20, con asignaci\u00f3n de turnos, el que no podr\u00e1 extenderse m\u00e1s de dos horas. La cantidad de asistentes depender\u00e1 de la superficie de cada sala.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Locales y galer\u00edas comerciales<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Los locales y establecimientos comerciales deber\u00e1n respetar las medidas de higiene y distanciamiento y deber\u00e1n regirse por el sistema de horarios seg\u00fan grupo: de 8 a 9, grupos de riesgo; de 10 a 20 con asignaci\u00f3n de turnos, menores de 60 a\u00f1os y quienes no formen parte de grupos de riesgo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los probadores de locales de indumentaria no podr\u00e1n ser utilizados de manera simult\u00e1nea, y deber\u00e1n ser sanitizados permanentemente. Las prendas probadas que no fueran adquiridas, deber\u00e1n ser separadas y sanitizadas por el t\u00e9rmino de 24 horas. Las bolsas y envoltorios de las prendas comercializadas deber\u00e1n sanitizarse tambi\u00e9n, previo a su entrega.<\/p>\n\n\n\n<p>Las galer\u00edas comerciales podr\u00e1n abrir de 8 a 20, de lunes a s\u00e1bados, quedando prohibidas el funcionamiento de espacios destinados a cines, salones de eventos, peloteros infantiles y\/o salones de juegos.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Pesca y actividades tur\u00edsticas<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Las actividades de costa y embarcaci\u00f3n menor se permiten diariamente y las personas que la realicen deber\u00e1n contar con el permiso de circulaci\u00f3n, ya que la autoridad municipal podr\u00e1 regular las condiciones, desalentando la permanencia y\/o concurrencia masiva, contando con la asistencia de las fuerzas de seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p>Los prestadores tur\u00edsticos tienen permitidas sus actividades para la comunidad local, para grupos reducidos y para convivientes en la zona y con sistema de turnos. Las agencias de turismo estar\u00e1n habilitadas para la venta y reservas desde las 8 a las 20.<\/p>\n\n\n\n<p>Los establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general, estar\u00e1n permitidos con asignaci\u00f3n de turnos, sin restricci\u00f3n de d\u00edas y horarios. Adem\u00e1s, se permitir\u00e1n las actividades tur\u00edsticas para grupos limitados, conforme a la cantidad de asientos en el transporte a utilizar y tambi\u00e9n, se realizar\u00e1 con sistema de turnos.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Administraci\u00f3n P\u00fablica<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>La Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial retomar\u00e1 las actividades administrativas, debiendo establecerse en las diferentes oficinas, una reducci\u00f3n en la cantidad de agentes que presten servicios en modalidad presencial, debiendo aumentarse el porcentaje de agentes bajo modalidad de trabajo remoto y\/o teletrabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Cada jurisdicci\u00f3n deber\u00e1 incorporar obligatoriamente turnos alternativos, reducidos y rotativos de jornada laboral y de agentes. Los trabajadores y trabajadoras mayores de 60 a\u00f1os o pertenecientes a grupos de riesgo continuar\u00e1n bajo licencia extraordinaria, consider\u00e1ndose la licencia como dispensa de asistir presencialmente a sus lugares de trabajo pudiendo desarrollar tareas a distancia a trav\u00e9s de teletrabajo, trabajo remoto o aquellas que determine la respectiva autoridad jurisdiccional en su defecto.<\/p>\n\n\n\n<p>Estar\u00e1 prohibida la presencia de personas en grupos mayores a cinco personas en salones, salas y oficinas de atenci\u00f3n al p\u00fablico. La atenci\u00f3n al ciudadano o cliente, deber\u00e1 efectuarse mediante turnos y\/o preferentemente bajo modalidad virtual.<\/p>\n\n\n\n<p>El poder Ejecutivo provincial invita a los organismos nacionales, al poder judicial y al poder legislativo a adherir a las medidas dispuestas respecto a restricciones para circulaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de la plataforma provincial de permisos de circulaci\u00f3n y habilitaci\u00f3n de turnos especiales, reducidos para atenci\u00f3n al p\u00fablico y habilitaci\u00f3n de turnos especiales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este martes comenz\u00f3 la segunda etapa de medidas determinadas por el decreto 1314\/20 para evitar conglomerados de personas y aplanar la curva de contagios, que establece se retomen las actividades seg\u00fan la fase tres de la desescalada. 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