La Justicia sobreseyó parcialmente a Lázaro Báez gracias a una nueva ley de Milei

El empresario Lázaro Báez fue sobreseído junto a otros imputados en una causa por evasión impositiva vinculada a la firma Austral Construcciones. La resolución fue tomada por el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3, que consideró aplicable la nueva Ley de inocencia fiscal sancionada recientemente por el Congreso.
El fallo no cierra completamente el proceso. Báez deberá enfrentar un juicio oral por el período fiscal 2012, ya que en ese año los montos investigados superan los nuevos umbrales establecidos por la ley para configurar delito.
La decisión también alcanzó a sus hijos Martín, Leandro y Luciana Báez, además de otros acusados vinculados a la empresa. En varios casos, el sobreseimiento fue total, mientras que en otros se dictó de manera parcial.
¿Qué cambia con la Ley de Inocencia Fiscal?
El eje central de la norma es la actualización de los montos mínimos que determinan cuándo una evasión impositiva pasa a ser delito penal. Hasta ahora, los valores vigentes eran considerados desactualizados frente al contexto inflacionario.
Con la nueva legislación, los umbrales se incrementaron de forma significativa. La evasión simple requiere ahora superar los 100 millones de pesos por tributo y por año, mientras que en su forma agravada el piso asciende a 1.000 millones. También se elevaron los montos en casos de uso de testaferros, facturación apócrifa, apropiación indebida de tributos y delitos vinculados a la seguridad social.
En términos concretos, esto implica que conductas que antes habilitaban procesos penales quedan ahora fuera de ese ámbito, aunque continúan sujetas a sanciones administrativas y al cobro de la deuda por parte del Estado.
¿Qué investigaba la causa?
El expediente analizaba presuntas irregularidades en el pago del IVA, el Impuesto a las Ganancias y otros tributos entre 2010 y 2014. Con la actualización de los montos, buena parte de las cifras investigadas quedó por debajo del nuevo piso exigido por la ley.
La defensa de Báez solicitó el cierre del caso bajo el argumento de que la norma debía aplicarse de forma retroactiva por resultar más favorable. El tribunal avaló ese planteo y sostuvo que corresponde aplicar la ley vigente cuando beneficia a los imputados.
En sentido contrario, el fiscal general Diego Velasco consideró que la reforma solo actualiza montos y no modifica el criterio penal, por lo que se opuso al sobreseimiento.
Los fundamentos de los jueces
Los magistrados Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli entendieron que los montos correspondientes a los años 2010, 2011, 2013 y 2014 no alcanzan los nuevos mínimos legales. Por ese motivo, resolvieron dictar el sobreseimiento en esos tramos.
El único período que continúa bajo investigación es 2012, cuando Austral Construcciones registró cifras que superan los límites fijados tanto para IVA como para Ganancias.
A partir de esta resolución, el proceso judicial seguirá exclusivamente por ese ejercicio fiscal, con la posibilidad de que el caso avance a juicio oral en ese punto específico.



