Através de dos normativas, el gobierno de Javier Milei prohibió la propaganda política en edificios públicos de la Nación, estableció un plazo de 10 años desde el fallecimiento de la persona a homenajear para que el inmueble pueda llevar su nombre y modificó una ley para evitar el “adoctrinamiento” en las escuelas.
A través del decreto 1.084/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso: “Prohíbese la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado nacional”.
Además, estableció que, para que alguno de estos bienes nacionales reciban el nombre de personalidades públicas, deberán haber transcurrido 10 años del fallecimiento o desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar.