Este lunes 14 de octubre, desde las 7, comenzará el juicio por la muerte en custodia policial de Leandro Bravo, donde cuatro policías del Chaco llegan imputados por tortura seguida de muerte y falsedad ideológica.
El Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco participa del caso en calidad de querellante institucional.
Las audiencias se realizarán en el SUM del Poder Judicial, ubicado en avenida San Martín y Vieytes, de Charata. El tribunal será colegiado y tendrá como presidente a Juan Carlos Clauster. En tanto que Lorena Címbaro Canella y Sergio Benito, serán los vocales de segundo y tercer voto, respectivamente.
El oficial subayudante Alexis Fleitas Noguera, el cabo Franco Sosa y el agente Carlos Díaz están acusados como coautores del delito de tortura seguida de muerte, que tiene una pena en expectativa de prisión perpetua. Asimismo, al primero también se lo acusa por falsedad ideológica. En tanto que Enzo Gómez está imputado como partícipe necesario del delito de tortura seguida de muerte, que conlleva la misma pena que el delito del cual fue parte, es decir, perpetua.
Durante las audiencias, el Ministerio Público Fiscal estará representado por Silvia Slusar, fiscal adjunta de Derechos Humanos de Sáenz Peña, y Silvana Karina Rinaldis, fiscal de Cámara.
En tanto que Jorge Ferronato tendrá a su cargo la querella por parte de los familiares de Bravo, mientras que los querellantes institucionales serán representados por Romina Duarte y Roberto Sotelo (Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco) y German Alexis Dellamea y Adriana Lorena Acevedo (Subsecretaría de Derechos Humanos provincial).
Los defensores particulares serán Juan José Bogado, Cesar Luis Collado, Sebastián Quintana, Leandro Fioravanti, Justo Orlando Mencia y Sol Abigail Zarate.
Este es el segundo juicio oral que se realiza en sólo tres meses en el Chaco por una muerte en custodia policial. El 5 de julio pasado, un jurado popular declaró al oficial ayudante, Gastón Delfino, culpable por el delito de homicidio culposo, en un hecho ocurrido en 2020, en la zona sur de Resistencia, y que tuvo como víctima a Diego Emanuel Barreto. En tanto, que el agente Esteban Campos y el subcomisario Armando Diego Barbona, fueron declarados no culpables. En esta causa, también participó el Comité en calidad de querellante institucional.
Leandro Bravo tenía dos hijos, trabajaba en el Poder Judicial y le faltaban pocas materias para recibirse de abogado. La tarde del sábado 26 de febrero de 2022 fue la última de Leandro.
Según la primera versión policial, se descompensó mientras era examinado en el área de medicina legal y falleció antes de llegar al Hospital de Charata por un supuesto «paro cardiorrespiratorio no traumático», según informó el primer fiscal de la causa Hugo Baigorrí, en base a la autopsia preliminar.
De acuerdo al relato policial, ese día, alrededor de las 16.30, una mujer llamó al 911 denunciando que Leandro quería ingresar en forma ilegal a su vivienda. Al llegar los policías al lugar, escapó, pero fue alcanzado y detenido a los pocos metros. Sin embargo, todo esto es mentira: no hubo muerte súbita ni intento de robo.
En base a los registros fílmicos de las cámaras de vigilancia de los vecinos y los testimonios recabados, se pudo reconstruir que lo que ocurrió esa tarde fue: Leandro salió con su primo en moto a comprar cerveza. En un momento dado, la Policía comenzó a perseguirlo. Él se bajó en la casa de una vecina para pedirle ayuda porque tenía miedo. «Bety, ayúdame» fue el pedido de auxilio a la vecina que en ese momento estaba durmiendo. Cuando salió a atenderlo, Bety vio a Leandro media cuadra más adelante siendo reducido por policías.
Lo pisaron y lo golpearon en el piso. Luego lo tiraron dentro de la caja de la camioneta boca abajo. Dos policías se le subieron encima. Cuando lo llevaron a Sanidad Policial la enfermera se negó a atenderlo y ordenó que se lo lleven de inmediato al hospital. Cuando llegó, ya estaba muerto.
La causa tuvo irregularidades desde el comienzo. En primer lugar, a Bety, la vecina, se le hizo firmar un escrito policial en donde denunciaba a Leandro de un intento de robo. En ese momento, la mujer no entendía qué ocurría hasta que se dio cuenta de la maniobra, pidió que se anule tal acusación y ratificó que el joven no estaba haciendo nada ilegal.
La primera autopsia, la que sostenía que Leandro murió por un paro cardiorrespiratorio no traumático, también mostró irregularidades. Debido a esto, el Comité para la Prevención de la Tortura presentó una denuncia para que se investigue por «incumplimiento de deberes de funcionario público, en concurso ideal con encubrimiento agravado por su calidad de funcionario público», al médico forense, Hugo Rodríguez. Fue por inconsistencias detectadas entre el procedimiento informado y el que efectivamente fue realizado.
Producto de los datos poco fiables de la primera, se ordenó una reautopsia, la cual fue realizada por la perito, Virginia Creimer, y por la directora del Instituto de Medicina Forense del Poder Judicial del Chaco, Gabriela Lamparelli. A partir de la aplicación de las técnicas del protocolo de Minnesota (procedimiento utilizado para muertes cometidas por fuerzas de seguridad), confirmó que Leandro tenía múltiples lesiones y falleció a causa de una «asfixia por comprensión extrínseca del cuello».
En su requerimiento de elevación a juicio, la fiscal adjuntad de Derechos Humanos, Silvia Slusar, consideró que existió por parte de los policías imputados la intención de provocarle a Leandro un «grave daño, ya sea por medio de las lesiones físicas proferidas, las quemaduras efectuadas, las maniobras asfixiantes, los diversos golpes que se comprobaron en diversas partes en todo el cuerpo de la víctima, y además finalmente la atemorización infringida que le trajo a sí un sufrimiento, pánico y/o dolor en toda su expresión».