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Patricia Bullrich habilitó el ciberpatrullaje en internet para las fuerzas federales

contemplado en la resolución, pero bajo estricta supervisión del Ministerio de Seguridad.

La resolución ordena a las fuerzas de seguridad federales a adecuar sus procedimientos a estas directrices y a remitir informes mensuales sobre las actividades realizadas. El Ministerio de Seguridad establecerá lineamientos y prioridades estratégicas basadas en estadísticas y denuncias ciudadanas para guiar las tareas preventivas.

En la resolución, en su artículo 4º, se busca fijar los parámetros y que será discutico. “En las tareas de prevención policial del delito con uso de fuentes digitales abiertas se encuentra prohibido:

a. Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas o usuarios por el sólo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política.

b. Emplear métodos ilegales, prohibidos, invasivos y violatorios de la dignidad de las personas para la obtención de información.

c. Comunicar o publicitar información que viole los principios descriptos en el artículo anterior, como así también incorporar datos o información falsos”.

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