7 septiembre, 2024
ArgentinaPolítica

Proponen aumentar los despidos, jubilaciones, y sanciones a empleados públicos por huelga

La Cámara de Diputados de la Nación tratará este lunes 29 de abril el nuevo proyecto de Ley de Bases y punto de partida que elaboró el Gobierno nacional y que modificará las leyes laborales y sindicales para actualizar el mercado del trabajo, ante la caída del empleo y la altísima falta de registración.

Los artículos 75 y 76 del Título IV promueven la eliminación de las infracciones, multas y sanciones por la falta de regularización, y se condonará la deuda por capital e intereses cuando aquella tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los Subsistemas de la Seguridad Social, pero que en ningún caso serán inferiores al 70% de las sumas adeudadas.

Se dará de baja el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), siempre y cuando quienes estén incluidos al momento de aprobarse esta ley, regularicen a la totalidad de los trabajadores por los que se encuentran publicados en el REPSAL y paguen, de corresponder, la multa.

Además, se determinó que los trabajadores incluidos en la regularización tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por la que se los regularice, calculados sobre un monto mensual equivalente al “Salario Mínimo Vital y Móvil”, para la obtención de la Prestación Básica Universal y para el beneficio de Prestación por Desempleo.

También se definió que la regularización de las relaciones laborales deberá efectivizarse dentro de los 90 días corridos, y se podrá disponer planes de regularización plurianuales, con un plazo máximo de cinco 5 años y una regulación anual mínima del 20% de las diferencias, el cual deberá ser constante o decreciente a lo largo de todo el plan.

Otro punto a destacar dentro de los cambios en la Promoción del Empleo Registrado, es que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y las instituciones de la seguridad social, no podrán actuar de oficio para labrar actas de infracción por las deudas correspondientes a los subsistemas de la seguridad social, así como de formular ajustes impositivos.

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