Cada 28 de agosto se celebra el Día de la Ancianidad en Argentina, en honor a las declaraciones que hace más de medio siglo realizó Eva Perón, para promover los derechos de las personas de la tercera edad. Un repaso por cuáles fueron y el contexto histórico en el que tomaron lugar.
¿Cómo fue la reforma de los derechos de la ancianidad?
En 1948, la primera dama declaró los llamados “Derechos de la ancianidad”. Estos marcaban la importancia de incluir un conjunto de garantías que velen por el cuidado y respeto a las personas mayores, quienes en muchas ocasiones se encontraban en situación de abandono. De esta manera, en 1949 se llevó a cabo la Reforma Constitucional, por parte de Juan Domingo de Perón en la sede del Ministerio de Trabajo.
En esta declaración, se señalaron un conjunto de derechos fundamentales que se centraban en la alimentación, el resguardo, primeros auxilios, salud mental y vida digna de las personas mayores.
Los diez derechos de la ancianidad de Eva Perón:
- Derecho a la Asistencia: toda persona anciana debe contar con la protección integral por parte de su familia. En el caso de desamparo, abandono o imposibilidad mayor de llevar a cabo esta tarea, el Estado será quien deba hacerse cargo de dicho cuidado.
- Derecho a la Vivienda: toda persona debe contar con un espacio cómodo que ayude a cuidar su salud y seguridad, mediante la higiene, calefacción y medidas de resguardo del mismo.
- Derecho a la Alimentación: las personas mayores deberán contar con una alimentación adecuada para su salud, condición física, peso y edad, previamente indicada por un médico o nutricionista.
- Derecho al Vestido: promueve a garantía de una indumentaria cómoda, que se adecúe al clima y necesidades del individuo, como por ejemplo la utilización de cinturas elásticas en casos de requerirlo.
- Derecho al Cuidado de la Salud Física: deberán ser asistidas para el cumplimiento de la ingesta de medicamentos, ejercicios indicados por médicos y otros requisitos que cuiden su organismo.
- Derecho al Cuidado de la Salud Moral: las personas mayores serán libres de ejercitar su fe, espiritualidad, prácticas de culto o cualquier actividad que contribuya con sus gustos, preferencias y bienestar espiritual.
- Derecho al Esparcimiento: toda persona anciana debe contar con momentos de entretenimiento y goce, donde puedan de una manera controlada y segura, disfrutar.
- Derecho al Trabajo: en el caso de encontrarse en condición, la laborterapia productiva debe ser llevada a cabo para ejercitar sus aptitudes físicas, mentales y promover la autoestima.
- Derecho a la Expansión: consiste en la libertad de pensamiento y expresión, especialmente en los últimos años de vida de la persona.
- Derecho al Respeto: toda persona mayor merece respeto, empatía y consideración por parte de todos los individuos de la sociedad.