8 julio, 2024
ActualidadArgentina

Chau «Fe de vida»: rige la eliminación del trámite para jubilados y pensionados

La eliminación del trámite de fe de vida de jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, sancionada el 5 de julio pasado por el Congreso Nacional, comenzó a regir a regir este lunes con la publicación del decreto que la promulga en el Boletín Oficial.

Se trata de la Ley 27.721, promulgada a través del Decreto 365/2023, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y de la ministra de Trabajo, Raquel ‘Kelly’ Kismer de Olmos.

La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.

Además, los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSES no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.

Las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones, por su parte, tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.

Por su parte, la ANSES quedó facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a la ley.

En la actualidad, varias entidades bancarias que pagan haberes previsionales controlan la «Fe de Vida» a través de distintas posibilidades como una compra mensual con tarjeta de débito o crédito del jubilado o pensionado, con aplicaciones móviles y, en el caso de que el jubilado o pensionado lo desee, también puede hacerlo en forma presencial.

Como la verificación de la superviviencia de los beneficiarios corre por cuenta de los bancos y no de la Anses, las entidades financieras fueron desarrollando sus propios métodos. En adelante, esos métodos son los que utilizará cada entidad de acuerdo a sus preferencias.

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