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Bancos deberán incorporar reproductores de audio en sus canales virtuales

Otra de las condiciones de que deberán cumplir los bancos es la atención en las sucursales por medio de personal capacitado y/o de videollamadas con equipos de interpretación de lengua de señas.

«Para ello, deberán realizar una distribución eficiente de sus recursos teniendo en cuenta la ubicación y zona geográfica de influencia de sus casas operativas para lograr la mayor cobertura con este servicio», detalló el BCRA en un comunicado.

La medida contempla también que deberán capacitar al personal de atención al público en discapacidad –basada en el principio de accesibilidad– y en la Lengua de Señas Argentina (LSA), a efectos de brindar una atención que garantice el acceso en condiciones de igualdad y mediante un trato respetuoso a los usuarios con dificultad o discapacidad auditiva y/o del habla, evitando todo tipo de discriminación.

Además, las entidades deberán arbitrar medios para que las comunicaciones, avisos y publicidades que contengan imágenes tengan también un texto alternativo descriptivo referido a dicha imagen mediante reproductor de audio.

Las disposiciones deberán estar implementadas por las entidades financieros en 180 días corridos y su sanción tuvo en cuenta todas las sugerencias planteadas por las autoridades de la Agencia Nacional de Discapacidad en reuniones con las áreas técnicas del BCRA, detalló el Central.

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