Los establecimientos donde trabajen 100 o más personas, independientemente de las modalidades de contratación, tendrán que ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años que estén a cargo de los trabajadores durante la respectiva jornada laboral.
Así lo dispuso el decreto 144/2022, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, que reglamenta el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.
La norma sostiene que los empleadores y las empleadoras cuyos establecimientos se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los espacios de cuidado de manera conjunta dentro de ese radio.
En ese sentido, además, se aclara que las empresas podrán subcontratar la implementación de los espacios de cuidado en tanto cumplan con las condiciones adecuadas.
El decreto que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros Claudio Moroni (Trabajo y Previsión) y Elizabeth Gómez Alcorta (Mujeres, Mujeres, Géneros y Diversidad), también prevé la posibilidad del pago de una suma de dinero no remunerativa para el cumplimiento de esta obligación.