Anses pagará una pensión de por vida a familiares de muertos por covid: cómo tramitarla

La Anses anunció la pensión vitalicia para familiares de víctimas de la Covid-19, que hayan fallecido antes del 31 de diciembre de 2020. El monto del beneficio equivale a dos jubilaciones mínimas, según se anunció desde el organismo estatal.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sigue el calendario de pagos de marzo 2022 y confirmó la nueva prestación. A partir de la Ley 27.549, el Gobierno estableció la creación de una prestación previsional especial para los derechohabientes de fallecidos por coronavirus, la cual se paga a través de Anses.

¿Cómo es el beneficio?

Se trata de una pensión vitalicia, un beneficio adicional compatible con otras prestaciones, con un valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, el cual se actualizará de acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatoria.

¿Cómo acceder a la pensión vitalicia?

– La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional aplicable a los fallecidos por/con coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020. – Se trata de un monto graciable, para toda la vida, equivalente a dos jubilaciones mínimas. – La condición necesaria para acceder a este beneficio adicional es que la persona fallecida víctima del Covid-19 haya realizado/desempeñado trabajos considerados esenciales.

¿Quiénes pueden acceder?

– Se acreditará un monto equivalente a dos haberes mínimos el cual se actualizará según los aumentos previstos por la Ley de Movilidad Jubilatoria. – Pueden recibirla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos: – Esposo/a conviviente – Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad – Personas a cargo del trabajador fallecido.

¿A quiénes se consideran trabajadores esenciales?

¿Cuál es el monto mensual?

¿Cómo iniciar el trámite?

  1. -Para acceder a este beneficio adicional se debe iniciar la gestión ante la Anses, quien oficia de mediador para el pago del haber. – Se puede iniciar en cualquier oficina de ANSES del país.
  2. – No es necesario tener la pensión contributiva previa otorgada, ya que es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.
  3. – No es necesario haber aportado al régimen nacional. Pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial, basta con que su tipo de labor haya sido esencial.
  4. – Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.
  5. – Allí debe constar haber cursado Covid-19. La pensión se cobrará desde el momento que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, lo que suele tomar varios meses.
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