PASO 2021: de cuánto es la multa por no votar en las PASO
Las Elecciones Primarias se desarrollarán HOY, domingo 12 de septiembre, en la República Argentina. Las PASO 2021 serán los primeros comicios desde el comienzo de la pandemia.
De todas formas, el voto seguirá siendo obligatorio para mantener el formato de democracia tal y cómo está. Todas las personas empadronadas deberán presentarse a votar a su sede asignada.
En caso de no presentarse a votar y no puedan justificar su ausencia tendrán una multa por no cumplir con su obligación cívida. La Cámara Nacional Electoral notificó medidas para estas atípicas elecciones. El ente informó que aquellas personas en aislamiento ya sea por ser positivo de COVID-19, contacto estrecho o tener síntomas estarán eximidas.
Luego de finalizada la votación, cada persona tendrá que hacer el trámite correspondiente y presentar el certificado médico que justifique su ausencia en los comicios.
La multa para aquellas personas mayores de 18 años que no puedan justificar su ausencia estará entre $50 y $500. Habrá un plazo de hasta 60 días para presentar los correspondientes comprobantes.
Elecciones 2021: qué pasa si no voto y de cuánto es la multa por no ir a votar en las PASO
En caso de no asistir a la votación sin una justificación coherente, las personas ausentes tendrán sanciones económicas que rondarán entre los $50 y los $500.
Elecciones 2021: cuáles son los casos justificados para no votar en las PASO y qué pasa si tengo síntomas
La Cámara Nacional Electoral comunicó las cuatro razones por las que se justificaría la ausencia a los comicios. Esta justificación deberá ser comprobada mediante certificados presentados en un plazo máximo de 60 días.
- Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deberán obtener el certificado en la comisaría más próxima y luego subir la documentación en el sitio web de la CNE.
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.