Sociedad

Fiesta en Olivos: el abogado de una de las invitadas planteó la inconstitucionalidad del DNU que impuso la cuarentena estricta

Mauricio D ´Alessandro pidió este martes al juez Sebastián Casanello el sobreseimiento de Stefanía Domínguez, amiga de Fabiola Yañez. Argumenta que el decreto que impuso la prohibición a circular y reunirse fue contrario a la Constitución.

El abogado Mauricio D ´Alessandro, defensor de una de las asistentes a la fiesta de la primera dama, Fabiola Yañez, en la Quinta de Olivos durante la etapa más estricta de la cuarentena por el coronavirus, pidió este martes al juez Sebastián Casanello que declare la “inconstitucionalidad” de los DNU que establecieron la prohibición de circulación y reunión como medida para contener la pandemia.

D´Alessandro presentó el escrito a las 14:08, ya vencido el plazo de atención el público en Tribunales, invocando además la doctrina del “error de prohibición y atipicidad de la conducta” de su defendida, Stefanía Domínguez, la amiga de Yañez aquien en el Ejecutivo señalan como la responsable de filtrar la primera fotografía.

El escrito, de 14 páginas, reclama “el sobreseimiento total y definitivo de Stefanía Domínguez por inexistencia de delito y resultar atípico el accionar objeto de imputación”.

El letrado sostuvo, que el DNU vigente para la fecha de la celebración, así como todos los otros adoptados en el marco de la pandemia que hubieran cercenado libertades individuales, son contrarios a la Constitución y fueron emitidos violando el procedimiento previsto para esos casos. “No existieron circunstancias excepcionales en cuanto al funcionamiento y ejercicio de las legales y constitucionales facultades legislativas, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”, disparó el escrito.

“Es obvio remarcar que Domínguez jamás puso en riesgo el bien jurídico que los decretos –más allá de su invalidez e inconstitucionalidad– buscaban proteger -la salud pública- ya que no se pudo determinar que ninguna de esas personas que participaron en la referida reunión hayan estado contagiadas de Covid-19”, sostuvo el abogado.

En ese caso, se trata de uno de los argumentos que también defienden el Presidente y sus funcionarios para asegurar que no existió delito. Alberto Fernández tiene previsto tiene previsto donar parte de su sueldo a modo de “reparación voluntaria” por la celebración del cumpleaños de la primera dama.

Según el escrito, “de las tomas fotográficas y filmaciones incorporadas podía observarse un grupo de personas que concurrieron a una reunión, sin aparente respeto de los protocolos sanitarios establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional, tales como el respectivo distanciamiento social, la utilización de ́ barbijos y/o máscaras faciales”.

No obstante, consideró el defensor de una de las asistentes a la velada, tal conducta “encuentra encuadre en el ejercicio de derechos de jerarquía superior, como son ́ la libertad de reunión y, a su vez, no haberse corroborado que en ese entonces se hubieran encontrado cursando la enfermedad causada por el COVID-19 o padeciendo algún síntoma compatible con la misma”. “Debe descartarse que con su accionar hubiera puesto en peligro la salud pública y/o propagado una enfermedad que no padecía”, subrayó.

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