ANSES: Quiénes podrán acceder al reconocimiento de aportes por hijo para jubilarse y cómo será el trámite
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó los pasos que se deben seguir para obtener el beneficio.
El Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que comprende a mujeres que estén en edad de jubilarse, hayan tenido hijos y no sumen 30 años de trabajo formal, comenzará a regir el próximo 1 de agosto, informó Anses.
A todas las argentinas que hayan sido madres y a pesar de tener 60 o más años no estén jubiladas, el Gobierno nacional le reconocerá 1 año de aportes por hijo, 2 años en el caso de que fuera adoptado o que tuviera una discapacidad y 3 años en caso de que haya accedido a una Asignación Universal por Hijo (AUH) por, al menos, 12 meses.
Anses calcula que hay, al menos, 155.000 mujeres de entre 59 y 64 años que a partir de la puesta en marcha de este programa estarán en condiciones de sumar los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.
Cómo realizar el trámite
Los trámites para obtener el beneficio deberán gestionarse por turno a través de la web de Anses (www.anses.gob.ar) a partir del 1° de agosto en la solapa de MI ANSES.
Una vez obtenido el turno deberán acudir a la oficina del Anses asignada con la siguiente documentación: DNI; partidas de nacimiento; sentencia de adopción si fueran hijas o hijos adoptados; y el Certificado de Discapacidad (CUD).
También se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida, aseguró el Anses, es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes.
Hasta que entre en vigencia el programa, la Anses invitó a las mujeres que forman parte de este grupo a que ingresen con su CUIL y Clave de la Seguridad Social a la solapa de «Mi Anses» en su web y verifiquen si los vínculos familiares están actualizados en la solapa de «Información Personal» y, luego, en «Relaciones Familiares».
En el caso de que no figuren los datos de alguno de los hijos o hijas de esta persona deberán solicitar un turno para actualizar esa información y presentar el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de los hijos que no figuren en el registro.
Fuente: Minutouno