Establecieron las condiciones del Programa Repro II para los salarios de abril

Además, el Ministerio de Trabajo habilitó la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente.

Los empleadores que necesiten inscribirse en el programa Repro II para el pago de los salarios de abril, podrán hacerlo desde el lunes próximo hasta el 3 de mayo inclusive, dispuso este viernes el Ministerio de Trabajo.

En ese mismo período estará abierta la inscripción para acceder al «Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente», que fue creado oficialmente el lunes último.

Así lo determinó la Resolución 206/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

«Establécese el plazo para la inscripción al Programa Repro II, creado por Resolución del Ministerio de Trabajo N° 938/20 y sus modificatorias y complementarias, para el período correspondiente a los salarios devengados durante abril de 2021, el cual estará comprendido entre el 26 de abril y 3 de mayo de 2021», de acuerdo con el texto oficial.

Además, el Poder Ejecutivo estableció las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa, con el siguiente detalle:

Para el programa de asistencia al sector gastronómico, las pautas son las siguientes:

El Repro II consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa.

En tanto, el Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente, implica el pago de hasta 18 mil pesos a trabajadores independientes de esa actividad, encuadrados en el monotributo a en el Régimen de Trabajo Autónomo.

Según el Gobierno, «con el objeto de permitir que el universo de potenciales sujetos alcanzados puedan acceder los beneficios establecidos» en ambos Programas, «se estima necesario establecer el plazo para la inscripción para el período correspondiente a los salarios devengados en abril de 2021, a través del servicio web de la AFIP, y las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio».

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