La Justicia federal condenó al “Mapuche” por pertenencia a la RAM y apología del delito

El juez federal de Bariloche Leandro Gómez Constenla convalidó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre las partes y dictó así una condena de cinco años y dos meses de prisión efectiva al líder mapuche Facundo Jones Huala, por el delito de imponer ideas mediante la fuerza o la intimidación.
El referente de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) admitió la culpabilidad de los hechos para acceder a una pena reducida.
La definición de la condena ocurrió luego de negociaciones legales entre la fiscalía que investigó a Jones Huala, la querella de la provincia de Río Negro y la defensa del acusado. Durante las conversaciones, las partes consensuaron modificar la calificación legal inicial por una figura de menor gravedad.
En un principio, los investigadores intentaron encuadrar el comportamiento del imputado bajo las previsiones del artículo 210 bis del Código Penal. Dicha norma sanciona la conformación de asociaciones ilícitas destinadas a cometer delitos contra el orden constitucional.
Sin embargo, las partes descartaron esa tipificación y optaron por aplicar el artículo 213 bis de la legislación penal. Este encuadre castiga a los sujetos que organizan o participan en agrupaciones cuyo fin es imponer ideas o combatir las ajenas mediante el uso de la fuerza o la intimidación.




